Resolución Expediente Acta Nº
Nº 037/023 1021-69-001-2022 04/2023
 
Referencia
CLASIFICAR COMO CONFIDENCIAL LA INFORMACIÓN DE LIQUIDACIONES DE LA TASA DE CONTROL MARCO REGULATORIO
 
Resolución

VISTO: La solicitud de acceso a la información pública presentada por el Sr. Agustín Godoy, al amparo de lo dispuesto en la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008;

RESULTANDO: I) que el interesado solicitó “copia de expedientes por los que se tramitaron las liquidaciones de tasa de control del marco regulatorio de los últimos 5 años”;

II) que dentro del plazo legalmente establecido se franqueó el acceso al solicitante;

III) que con fecha 20 de enero de 2023 el Sr. Godoy amplía su solicitud pidiendo: “a) copia de las devoluciones de la tasa de control de marco regulatorio, además de saber cómo se efectuó la liquidación de la tasa y cómo se distribuyó dicha devolución y b) el presupuesto anual de URSEA en los últimos cinco años”;

CONSIDERANDO: I) que esta Unidad Reguladora es sujeto obligado, a los efectos de la Ley N° 18.381, por lo tanto debe permitir el acceso a la información que produzca o tenga en su poder, siempre y cuando la misma no revista alguna de las causales de excepción que la mencionada norma establece en los artículo 8° a 10;

II) que el artículo 10 establece como una de las excepciones al acceso a la información pública la confidencialidad en el supuesto que refieran a hechos o actos de carácter económico, contable, jurídico o administrativo, relativos a una persona física o jurídica, que pudiera ser útil para un competidor;

III) que en ese sentido la información de la distribución es proporcional a lo abonada a cada empresa;

IV) que sin perjuicio de lo manifestado sí se entregará al solicitante la información de presupuesto y las Resoluciones de devolución de MIEM;

ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo establecido en la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008 y la Resolución SD N° 194/020 de 20 de agosto de 2020;

EL DIRECTORIO de la

Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua

RESUELVE:

1) Clasificar como confidencial la información de liquidaciones de la tasa de control marco regulatorio de los años 2006 a 2021.

2) Hacer entrega parcial de la información solicitada por  el Sr. Godoy.

3) Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 04/2023 de fecha 01/31/2023